En Independencia empresa creada hace 10 meses gana licitación de mas de dos millones
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- Publicado el Miércoles, 19 Octubre 2011 21:17
- Escrito por itprofneo
'Consorcio' formado por persona natural y empresa creada a principos de este año ganan millonaria licitación
Anulación interpuesta por el municipio sería un engaña muchachos
Empresa ganadora tiene apenas 3 trabajadores
Una licitación de obras realizada en el distrito de Independencia de Lima Norte, que lidera el alcalde Evans Sifuentes Ocaña; por un monto aproximado de DOS MILLONES Y MEDIO DE SOLES, fue ganada por persona natural con negocio y empresa constituida apenas hace 10 meses.
La entidad ganadora de esta licitación de obras en la zona de El Ermitaño, fue el 'Consorcio Independencia' conformado increíblemente por una persona natural con negocio y una empresa de reciente creación, los documentos fueron certificados por un notario de Santa Beatriz, como si no hubieran notarios en Lima Norte. Sospechosamente no se consignó en la documentación el RUC de las entidades, ni la post-firma y el DNI de los firmantes, lo cual es fundamental y exigencia en toda notaría.
Se trata de la empresa CONSTRUCTORA GS & STAR S.A.C con RUC 20538767817 representado por la Srta. Gianina Rodriguez Navarro y la persona natural Walter Barrenechea Soto con RUC 10061635624.
La constructora en mención, cuya razón social pareciera señalar que está conformada dos entidades, ha sido constituida recién en enero del 2011, contraviniendo lo señalado en las bases de la licitación que a la letra indica: "(LA EMPRESA) Se deberá acreditar con contratos de construcción de Obras de pavimentación, veredas y muros de contención realizados por la firma en los últimos cinco (05) años en entidades públicas".
Entonces como pudo dársele la buena pro a un recién formado 'consorcio' con una empresa creada apenas hacía unos meses, aún cuando la antiguedad de la pudiera persona natural con negocio tuviera mas de cinco años trabajando en construcción.
De ser así cualquier empresa recién formada podría facilmente ganar una licitación de mas de dos millones, solo le bastaría asociarse con cualquier profesional que estuviera mucho tiempo en el negocio.
Aunque el pasado 6 de octubre la referida licitación fue anulada por otras causales: dos de los profesionales presentados estaban inhabilidados para el ejercicio, los ganadores de la misma apelaron subsanando las observaciones.
Datos:
- Walter Barrenechea Soto, tiene un RUC desde el año 2003 como persona natural, mientras la empresa con la que conforma el 'consorcio' tiene apenas unos meses de creada y 3 trabajadores en planilla.
- Esta persona ha sido gerente de algunos 'consorcios' registrados en la SUNAT pero que han sido dados de baja de oficio, al parecer estas 'empresas' fueron creadas para luego de ser utilizarlas, deshecharlas.
- Barrenechea Soto como persona natural ha ganado licitaciones en varios distritos de Lima, entre ellos se puede mencionar la Municipalidad de Villa María del Triunfo por S/. 3,546,355.01 (2010) y la Municipalidad de Ancón por S/.1,029,744.95 (2009).
Artículo de Carlos Santana Aguilar














Comentarios
Sin animo de discrepar me permito hacerle algunas precisiones de su nota periodistica en aras a una mejor informacion a sus lectores.
1. Para que una empresa sea acreditada por el Organo de Contrataciones del Estado OSCE para ejecutar obras de construccion debe cumplir con exigentes requisitos.
2.. Le adjunto definicion de CONSORCIO segun la ley de contrataciones del estado: CONSORCIO: El contrato asociativo por el cual dos (2) o mas personas se asocian, con el criterio de complementaried ad de recursos, capacidades y aptitudes, para participar en un proceso de seleccion y, eventualmente, contratar con el Estado.
Es decir 2 empresas se asocian para participar en una licitacion para sumar esfuerzos, esto es una practica muy comun en las licitaciones de obra.
3. Los consorcios se forman para proyectos especificos y luego cuando se termina la obra por lo general se dan de baja
4. En todo proceso de seleccion se emite un Acta de buena pro que no requiere que sean firmado por los postores, es decir si los postores no lo firma no lo invalida, el notario los invita a firmar y si desean lo hacen o No, asi por ejemplo en el distrito de Carabayllo con fecha 24 de Junio se otorgo la buena pro de la adquisicion de insumos del vaso de leche que gano la empresa NISSAN CORPORATION y de igual forma el Acta no cuenta con DNI o RUC de dicha empresa eso no invalida el acta es un formalismo de la ley de contrataciones, Esa Acta se realiza en el local de la Municipalidad y No en la Notaria como pareceria indicar.
5. Una empresa nueva generalmente busca consorciarse con otra mas antigua justamente para empezar a ganar experiencia sino como podria participar en licitaciones sino tiene experiencia, cosa distinta es lo que paso en Comas por ejemplo que hubieron empresas que se formaron en el mes de Enero del 2011 y a los 15 dias ya estaban ganando contratos con la Municipalidad, esas empresas por si solas no podian tener experiencia si se hubieran consorciado no habria problemas.
6. En licitacion de obras se consorcian para tener mayor capacidad de contratacion, es decir para participar en obras de grandes montos.
Estos conceptos son importantes para que se entiende el concepto de consorcio y que se asocian para un tema especifico.
Con respecto a su afirmacion De ser asi cualquier empresa recien formada podria facilmente ganar una licitacion de mas de dos millones, solo le bastaria asociarse con cualquier profesional que estuviera mucho tiempo en el negocio. Efectivamente esa es la FINALIDAD DE FORMAR UN CONSORCIO Y ESO ES ASI, otra cosa son las condiciones que ambas empresa acuerdan como parte del consorcio.
ENTONCES HASTA AHI NO HAY NADA NUEVO EN ESTE CASO. TODO ESTA DE ACUERDO A LEY.
Claro que se le hace dificil a empresas que tiene que inventar obras, trabajadores y capacidad económica.
2-3. No digo que sea ilícito pero la figura del consorcio ha generado innumerables 'faenones'.
4. Todo notario que certifica un acto, cualquiera que este sea, tiene por regla general señalar u exigir la firma , post-firma y DNI, eso se hace para todo, aún cuando no sea obligatorio, para eso son profesionales.
SObre este tema me pidieron un analisis del mismo y por el contrario hay otro enfoque que quiero compartir con su persona:
1. Las bases del proceso para esta obra tenia requisitos que no se estaban de acuerdo a la ley de contrataciones es decir podria estar direccionados para beneficiar a determinado postor.
2. La empresa CONSTRUCTORA GS & STAR S.A.C de la aludida persona presenta reclamos contra esta irregularidad e incluso lleva sus reclamos ante el Organo de Contrataciones (OSCE), este organo es imparcial y en todo este proceso le da la razon a esta empresa, que se consigue con esto que el proceso establezca requisitos razonables, imparcialidad, libre competencia y transparencia.
3. Una vez llevado el proceso esta empresa y su CONSORCIO INDEPENDENCIA ganan el proceso por ofrecer un monto 10% menor a lo establecido.
4. Todo este proceso se lleva a cabo por un NOTARIO quien se encarga de darle transparencia al proceso.
1. Despues que esta empresa gana el proceso, se procede a verificar la documentacion y la Municipalidad de Independencia detecta que el consorcio de la citada persona ha presentado 2 profesionales que dicen ser Colegiados sin embargo segun la Municipalidad esta informacion no es cierta.
2. Ante este hecho la empresa ha presentado un RECLAMO ante el Organode Contrataciones (OSCE) quien debe determinar si existe o no informacion falsa, mientras tanto la contratacion de esta empresa queda pendiente.
3. Sin embargo la Municipalidad de Independencia no toma en cuenta este reclamo y le otorga la buena pro a otra empresa cuyo costo es 10% mayor. y para realizar esta buena pro cambian de Notario.
Mi analisis del tema es distinto, y por el Contrario desde el Inicio del proceso la Municipalidad de Independencia ha pretendido direccionar el proceso para que gane otra empresa sin embargo el consorcio de la CONSTRUCTORA GS & STAR S.A.C gano el proceso y eso no era lo que esperaba la Municipalidad tal es asi que se ha dado por GANADOR A OTRA EMPRESA y eliminado a la empresa que se cuestiona en su nota a pesar que existe un reclamo que sera resuelto por otra entidad totalmente independiente y ajena a la Municipalidad como es el ORGANO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (OSCE). En conclusion desde mi punto de vista la MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA QUISO MANEJAR EL TEMA Y SE LES ESCAPO DE LA MANOS.
A su disposicion Sr. SANTANA para explicarle como mayor detalle la normatividad sobre CONTRATACIONES DEL ESTADO y pueda brindar una informacion mas OBJETIVA del tema a sus lectores y tambien hacer seguimiento a las diferentes contrataciones en las entidades publicas. Espero que ahora no diga que tambien tengo interes en este caso, sino que algunos periodisticas me pidieron mi opinion y yo veo el tema de manera distinta a como usted lo enfoca en su nota.
Buenas Noches
Saludos
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